El concepto de nacionalidad cubana estaba contemplado en la constitución del 40, pero fue abolido por la constitución de 1976.
El capitulo II fue intencionalmente cambiado de “Nacionalidad” a “Ciudadanía”. Igualmente, los artículos 12 y 13 fueron modificados para indicar el otorgamiento de la ciudadanía en lugar de la nacionalidad.
Muchos consideran nacionalidad y ciudadanía como sinónimos, pero en todas las constituciones latinoamericanas se distingue claramente ambos conceptos.
Constitucionalmente los cubanos ya no tenemos nacionalidad y los que perdimos la ciudadanía quedamos en el limbo.
Quizás eso explique en parte porque es tan difícil de aplicar la reforma migratoria.
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1 comment:
Hola, me gustaria hacer un intercambio de Links con mi blog cubacolombia y el suyo, coy cubano igual, un
saludo
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