El concepto de nacionalidad cubana estaba contemplado en la constitución del 40, pero fue abolido por la constitución de 1976.
El capitulo II fue intencionalmente cambiado de “Nacionalidad” a “Ciudadanía”. Igualmente, los artículos 12 y 13 fueron modificados para indicar el otorgamiento de la ciudadanía en lugar de la nacionalidad.
Muchos consideran nacionalidad y ciudadanía como sinónimos, pero en todas las constituciones latinoamericanas se distingue claramente ambos conceptos.
Constitucionalmente los cubanos ya no tenemos nacionalidad y los que perdimos la ciudadanía quedamos en el limbo.
Quizás eso explique en parte porque es tan difícil de aplicar la reforma migratoria.
Hola, me gustaria hacer un intercambio de Links con mi blog cubacolombia y el suyo, coy cubano igual, un
ReplyDeletesaludo