Parece que es imposible renunciar a la ciudadanía cubana.
El Minrex no acepta renuncias.
¿Que puede provocar tan absurda situación?
Para muchos está claro: El gobierno cubano no quiere renunciar a la entrada de divisa que le aporta los abusivos trámites del pasaporte y los permisos que los cubanos en el extranjero tienen que pagar para ir a Cuba.
Pudiera ser, pero yo creo que es una consecuencia del hecho de haber eliminado la nacionalidad cubana de la constitución.
Si un cubano pierde su ciudadanía cubana nada lo ataría a Cuba, su lugar de nacimiento y eso lo dejaría expuesto a la posibilidad de convertirse en apátrida.
Cuba no forma parte de la convención para reducir los casos de apatridia, pero ha declarado ante la ONU que “la constitución cubana excluye el riesgo de apatridia” y ratificó la declaracion de Brasilia Sobre la Protección de Personas Refugiadas y Apátridas en el Continente Americano que reitera “la importancia del derecho a la nacionalidad”
Debe haber muchas otras situaciones similares que impiden que un cubano pierda legalmente la ciudadanía cubana aunque de hecho hay muchos que no la ostentan.
Temas cubanos y cuentos muy cortos con algunas fotos. Todo eso con la idea de tratar de entendernos.
Monday, January 2, 2012
Sunday, January 1, 2012
Por que los cubanos no perdemos la ciudadanía
Ya hemos dicho anteriormente que los que renuncian a la ciudadanía cubana son extranjeros en Cuba, pero eso es difícil de aplicar en la practica.
A pesar de que la constitución del 1976 (al igual que la del 40) expresa que “cuando se adquiera una ciudadanía extranjera, se perderá la cubana” , en la práctica, el gobierno cubano se ha abstenido de retirar la ciudadanía a los cubanos que ya de hecho poseen otras ciudadanías, incumpliendo de paso el espíritu de la constitución.
Algunos profesionales del derecho cubanos han reclamado reiteradamente “la invocación de la Constitución y la interpretación conforme a la Constitución, cuando haya vacíos legales”.
Quizás por eso la constitución fue modificada en 1992 para indicar que “La ley establece el procedimiento a seguir para la formalización de la pérdida de la ciudadanía y las autoridades facultadas para decidirlo”, probablemente con la idea de establecer o modificar esa ley mas tarde.
Aunque no he podido encontrar esa ley en la Gaceta Oficial y si existe parece que no es fácil encontrarla, los foros que tratan temas sobre Cuba están llenos de historias espeluznantes sobre las dificultades para renunciar a la ciudadanía cubana y los astronómicos costos asociados.
La pérdida de la ciudadanía no es automática ya que según tres distinguidas profesoras de la Universidad de la Habana:
“El automatismo significaría permitir que otro Estado, aquel que otorgara la ciudadanía de forma derivada, sea el que determinara la pérdida de la de origen. Sería permitir que el Estado que estableciera el segundo vínculo determinara que el individuo en cuestión no estuviera relacionado con aquel Estado que le reconoció la ciudadanía por nacimiento. Sería, en fin, lesionar la facultad soberana del Estado en determinar quiénes son sus ciudadanos”.
Eso parece un pretexto. Parece que no resulta conveniente permitir que dos millones de cubanos en el exterior se desvinculen definitivamente del país y hay que impedirlo a toda costa.
A pesar de que la constitución del 1976 (al igual que la del 40) expresa que “cuando se adquiera una ciudadanía extranjera, se perderá la cubana” , en la práctica, el gobierno cubano se ha abstenido de retirar la ciudadanía a los cubanos que ya de hecho poseen otras ciudadanías, incumpliendo de paso el espíritu de la constitución.
Algunos profesionales del derecho cubanos han reclamado reiteradamente “la invocación de la Constitución y la interpretación conforme a la Constitución, cuando haya vacíos legales”.
Quizás por eso la constitución fue modificada en 1992 para indicar que “La ley establece el procedimiento a seguir para la formalización de la pérdida de la ciudadanía y las autoridades facultadas para decidirlo”, probablemente con la idea de establecer o modificar esa ley mas tarde.
Aunque no he podido encontrar esa ley en la Gaceta Oficial y si existe parece que no es fácil encontrarla, los foros que tratan temas sobre Cuba están llenos de historias espeluznantes sobre las dificultades para renunciar a la ciudadanía cubana y los astronómicos costos asociados.
La pérdida de la ciudadanía no es automática ya que según tres distinguidas profesoras de la Universidad de la Habana:
“El automatismo significaría permitir que otro Estado, aquel que otorgara la ciudadanía de forma derivada, sea el que determinara la pérdida de la de origen. Sería permitir que el Estado que estableciera el segundo vínculo determinara que el individuo en cuestión no estuviera relacionado con aquel Estado que le reconoció la ciudadanía por nacimiento. Sería, en fin, lesionar la facultad soberana del Estado en determinar quiénes son sus ciudadanos”.
Eso parece un pretexto. Parece que no resulta conveniente permitir que dos millones de cubanos en el exterior se desvinculen definitivamente del país y hay que impedirlo a toda costa.