Cuando un cubano adquiere otra ciudadanía pierde la ciudadanía cubana. Por esa razón ya no necesita pasaporte cubano para entrar ni salir del país. Si el país del que es ciudadano tiene convenio de exención, ni siquiera necesita visa.
De la constitución: (http://www.cuba.cu/gobierno/consti.htm)
artículo 32o.-
No se admitirá la doble ciudadanía. En consecuencia, cuando se adquiera una ciudadanía extranjera, se perderá la cubana.
De la ley de migración: (http://www.gacetaoficial.cu/html/imigracion.html)
ARTICULO 2.-Los extranjeros o persona sin ciudadanía para entrar al territorio nacional o salir del mismo, deberán poseer un pasaporte vigente o documento equivalente expedido a su nombre y la correspondiente visa de entrada o permiso de salida, salvo que se tratare de ciudadanos de un país que a virtud de un convenio suscrito por Cuba, estuvieran exentos de cumplir este requisito, ateniéndose a los términos del expresado convenio.
No?
Friday, December 23, 2011
Sunday, November 6, 2011
Tuesday, October 18, 2011
Thursday, April 28, 2011
Cosas extrañas en Cuba
Ahora vemos que el Tribunal supremo falla favorable a la AJC...
La cosa se está poniendo interesante.
Como dije antes: No me extrañaría que oficializaran la AJC.
La cosa se está poniendo interesante.
Como dije antes: No me extrañaría que oficializaran la AJC.
Saturday, April 23, 2011
Sunday, April 17, 2011
Cuba, poder y dinero
Parece que al final nos hemos dado cuenta que si bien la acumulación desproporcionada de riquezas en manos de unos pocos es nociva para el desarrollo justo de la sociedad, tambien el poder ilimitado lo es. Ahora falta que aparezcan mecanismos que limiten lo que pueden hacer y deshacer en esos 10 años.
Saturday, March 26, 2011
Razones ciudadanas
Hay un video muy interesante por Yoani Sanchez aqui:
http://vimeo.com/21317045
A los que dicen que la disidencia en Cuba no existe, les recomiendo que lo vean.
http://vimeo.com/21317045
A los que dicen que la disidencia en Cuba no existe, les recomiendo que lo vean.
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